VENTANILLA ÚNICA

Trámites Colegiales
Solicitud de alta como Colegiado no ejerciente:



Formularios
- Solicitud de ingreso en el COAPI de Huelva como colegiado no ejerciente.

 

Serán colegiados no ejercientes aquellos que no ejerzan la actividad profesional, sin perjuicio de solicitar el pase a la situación de colegiado ejerciente en cualquier momento posterior.


Requisitos Generales
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1294/2007, de 28 de Septiembre, y en nuestros Estatutos, para la incorporación al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de la provincia de Huelva se requerirá acreditar, como condiciones generales de aptitud, las siguientes:


a) Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.


b) Estar en posesión del título de graduado, licenciado, diplomado, ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico o arquitecto técnico, o del Título Oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio competente.


c) Carecer de antecedentes penales que le inhabiliten para el ejercicio profesional.


Documentación a aportar
a) Título académico original con fotocopia para compulsar o fotocopia compulsada.


b) 1 Fotografía en color tamaño carné.


c) DNI original con fotocopia para compulsar o fotocopia compulsada.


d) Fotocopia del documento bancario donde aparezca como titular junto al IBAN del número de la cuenta, para el cargo de la cuota mensual.


e) Solicitud dirigida al presidente del Colegio solicitando el alta (se le facilita el modelo).


f) Certificado de antecedentes penales.


g) Justificante bancario de la transferencia bancaria o ingreso efectivo realizado a favor del C.O.A.P.I. de Huelva por importe total de 144,24 €.


Condiciones económicas colegiados no ejercientes

Concepto

COAPI de Huelva

ALTA COLEGIADO NO EJERCIENTE (PAGO ÚNICO)

144,24 €

-Fianza Dineraria*

144,24 €

-Cuota de Entrada

-

*Retornable cuando se produzca la baja como colegiado no ejerciente.

CUOTA ORDINARIA MENSUAL

16,53 €


Concepto COAPI de Huelva

Proceso de colegiación

 

• Comprobación de la documentación. Si la documentación aportada adolece de algún defecto, nos podremos en contacto con el candidato para subsanar las deficiencias.

 

• Una vez cotejada la documentación, se le enviará a la persona interesada un correo electrónico con los datos de la carta de pago para que proceda al abono de las cuotas establecidas.

 

• Las solicitudes de colegiación serán aprobadas por la Junta de Gobierno, que acordarán en el plazo máximo de un mes lo que estimen pertinente acerca de la solicitud de inscripción. Pasado ese plazo sin contestación se entenderán aprobadas.

 

Derechos de los colegiados no ejercientes
Son derechos de los colegiados no ejercientes:


a) Elegir y ser elegidos para cargos directivos y puestos de representación, cumpliendo los requisitos exigidos por la normativa aplicable.


b) Ser informados periódicamente de las actuaciones colegiales, en todas sus facetas, y de todas aquellas cuestiones que puedan afectar al ejercicio de la profesión.


c) Intervenir, conforme a las normas vigentes, en la gestión económica, administrativa e institucional del Colegio respectivo y expresar libremente sus opiniones en materia y asuntos de interés profesional, respetando en todo caso la honorabilidad de las personas.


d) Ejercitar las acciones y recursos administrativos y judiciales pertinentes en defensa de sus derechos e intereses como colegiado.


e) Beneficiarse de los servicios colegiales, según la normativa que los regule.


f) Asistir, con voz y voto, a las Asambleas Generales del Colegio.


g) Formular quejas ante la Junta de Gobierno de su Colegio, de conformidad con la normativa establecida para cada caso y exigir la diligente tramitación de las solicitudes que se le dirijan.


h) Exigir del Colegio respectivo el cumplimiento de los objetivos legal y estatutariamente fijados.


i) Promover la remoción de los titulares de los órganos de gobierno mediante la moción de censura en la forma establecida en el presente Estatuto.


j) Promover actuaciones de los órganos de gobierno por medio de iniciativas y propuestas.


k) Crear agrupaciones representativas de intereses específicos en el seno del Colegio, con sometimiento, en todo caso, a los órganos de gobierno del Colegio, y siempre que los intereses agrupados no afecten al resto del colectivo no adscrito a la agrupación de que se trate.


l) Acceder, a través de la página web colegial, al sistema de ventanilla única previsto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio a los efectos de darse de alta o baja en el Colegio y poder realizar un seguimiento de tales asuntos así como para acceder a la información relativa a los medios y condiciones de acceso a los registros públicos de profesionales colegiados y sociedades profesionales, acceder a formularios de solicitud y a las normas deontológicas, a datos de asociaciones de consumidores y usuarios a los que dirigirse para obtener asistencia, a poder ser convocados para las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias, y poder realizar un seguimiento, por vía electrónica, de estos asuntos y, especialmente, de las reclamaciones y recursos que se sustancien contra ellos por consumidores y usuarios.


m) Las demás que resulten de las normas legales y de los estatutos.

 

Obligaciones de los colegiados no ejercientes
Deberes de los colegiados:


a) Asistir a las Asambleas Generales, Plenos, Juntas de Gobierno, Comisiones y demás sesiones para las que hayan sido convocados y desempeñar celosamente los cargos para los que fuesen elegidos, con la eficacia que los mismos requieran.


b) Satisfacer, dentro de los plazos fijados para ello, las cuotas, derramas y demás cantidades que deban ser satisfechas en virtud de la normativa profesional o de los acuerdos de los órganos rectores competentes.
c) Contribuir a una respetuosa convivencia en el seno del Colegio y abstenerse de realizar manifestaciones que impliquen un deliberado desprestigio de éste.


d) Participar en las actividades colegiales, procurando la mejora de los servicios y la buena imagen del Colegio hacia la sociedad.


e) Las demás que resulten de las normas legales y de los Estatutos Generales de la profesión vigentes en cada momento.


Formularios
- Solicitud de ingreso en el COAPI de Huelva como colegiado no ejerciente.

 

Los formularios podrán ser enviados junto a la documentación por correo electrónico a info@coapihuelva.com o mediante fax al número 959 285 808, a la atención del Sr. Secretario indicando en el asunto del mensaje el interés alegado.


Los documentos deberán ser originales o copias compulsadas. En caso de que sean ilegibles podrá pedirse al interesado que los remita por correo postal, o a su elección que los presente en la sede colegial sita en Huelva, C/. Miguel Redondo, 29, Entreplanta. C.P. 21003.